miércoles 17 de abril de 2024 - Edición Nº1960

Provincia | 19 ene 2021

Guía de Implementación de la IVE

¿Cómo acceder al aborto legal, seguro y gratuito y a dónde denunciar en caso de incumplimiento ?

En el marco de la implementación de la ley que permite el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), el Gobierno de la provincia de Buenos Aires presentó una guía de implementación para garantizar el acceso e instruir a los profesionales de la salud. 


Por: Sabrina González Flores

El ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Daniel Gollan, y la también ministra provincial de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, Estela Díaz, presentaron este lunes la “Guía de implementación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo”. El acto se realizó en la Escuela de Gobierno en Salud “Floreal Ferrara”, donde se firmó la resolución conjunta. Allí expresaron que el objetivo de esta Guía es “orientar las prácticas del equipo de salud en la atención y cuidado de las personas en situación de interrupción del embarazo”. 

“La guía no es solo seguridad jurídica sino también el respaldo por parte del estado para que los derechos se puedan llevar adelante incluso en los territorios más hostiles”, sostuvo la subsecretaría de Políticas de Género y Diversidad Sexual, Lucía Portos, durante el acto que se transmitió por el canal de Youtube del Gobierno de la provincia. 

En tanto, el Ministro de Salud destacó: “hoy tenemos un país mejor, una provincia mejor con más derechos y hoy, tenemos que estar felices”.



De acuerdo con la nueva ley, la IVE se realizará hasta la semana 14 de gestación. Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar podrán acceder cuando así lo requieran. Luego de ese período gestacional, podrán acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) por las siguientes causales: a) el embarazo sea producto de una violación; b) se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona gestante.

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“Con este nuevo régimen la decisión de la interrupción del embarazo es de las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar; mientras que el rol de los equipos de salud es acompañar esa decisión”, remarcaron desde el Ejecutivo. 

En el acto también estuvieron presentes: el viceministro de salud, Nicolás Kreplak, la directora provincial de Equidad de Género en Salud, Sabrina Balagna,  la Subsecretaria de Políticas contra las Violencias por Razones de Género, Flavia Delmas, la Subsecretaria Técnica, Administrativa y Legal, María Victoria Anadón, y el Asesor General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Santiago Pérez Teruel.

Guía de Implementación de la IVE: ¿Cómo acceder y a dónde denunciar en caso de incumplimiento ?

A partir de hoy, la guía establece que todos los hospitales de la provincia de Buenos deberán garantizar el acceso a la IVE. 

Los establecimientos de salud tendrán la obligación de brindar el acceso en un plazo de 10 días corridos desde que la práctica sea requerida por la persona gestante. En este marco, el Ministerio de Salud trabaja en conjunto con otros Ministerios y Municipios, a fin de generar la capacidad técnica para la resolución y la formalización de las redes de derivación para las situaciones que así lo requieran, para poder garantizar la práctica en ese plazo.

De acuerdo con la información de la guía, aquellos establecimientos pertenecientes al sector Privado o de Seguridad Social que no cuenten con profesionales, deberán prever y disponer de los medios necesarios para su derivación a una institución de salud que asegure la prestación.

En el extraordinario caso de que el profesional de la salud encargado de realizar el procedimiento, recurra al artículo de Objeción de Conciencia, contemplado en la ley. Deberá derivar a la persona que solicitó la IVE con otro profesional en un período que no supere los 10 días. En caso de incumplimiento, se podrá realizar la denuncia al 0800-222-3444 (Línea de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud de la Nación). 


 Consentimiento y atención postaborto (APA)

La persona con capacidad de gestar que solicite la IVE, deberá presentar un consentimiento firmado, que se puede adquirir a través de un formulario brindado en la Guía. El mismo, es indispensable para la realización de estas prácticas, nadie puede ser sustituido en el ejercicio de este derecho.

En el caso de las personas menores de 13 años, deberán dar el consentimiento “con el acompañamiento de sus progenitores, representantes legales, personas que ejerzan formalmente o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivos”, establece la norma. 

En cuanto a la APA, toda persona que accedió a la IVE, deberá ser atendida, asistida y cuidada durante el proceso de expulsión o después de un aborto espontáneo o inducido (con o sin complicaciones). “La APA es de fundamental relevancia, ya que mediante estas intervenciones se puede disminuir la morbilidad y mortalidad prevenible”, indica la Guía. 

Sanciones por incumplimiento

La ley también contempla sanciones penales para quienes incumplan con las normas relacionadas al acceso a la atención y cuidado de las personas en situación de IVE, ILE y postaborto. 

De acuerdo con la Guía las sanciones incluyen: 

  • Obstaculizar, dilatar o negar la interrupción del embarazo requerida: pena de 3 meses a 1 año de prisión e inhabilitación.
  • Provocar interrupción con o sin consentimiento de la persona gestante fuera del marco normativo vigente: penas de 3 meses a 10 años de prisión. 
  • Incumplir requisitos y reglas para ejercer la objeción de conciencia: sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles.
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