La diputada nacional y sindicalista, Vanesa Siley, presentó el proyecto de Ley de Cuidados para la Persona que Trabaja en Servicios de Plataformas Digitales. Se trata de una iniciativa que ya había acercado en 2024 y que establece un régimen específico de derechos para quienes trabajan repartiendo, entregando o retirando bienes a través de apps como Rappi, PedidosYa, Uber o Cabify, sin perjuicio de la aplicación de las normas laborales cuando corresponda. El proyecto establece libertad horaria para que cada trabajador o trabajadora determine libremente su jornada. “Se considera tiempo de trabajo desde que se loguea en la app hasta que se desconecta”, estipula la iniciativa legislativa.
Además marca la creación de estaciones sanitarias en la vía pública para repartidores, coordinadas con municipios y CABA, el lanzamiento de un botón de emergencia, es decir el derecho a una app de seguridad que puedan activar ante situaciones de inseguridad en la calle durante la jornada y se establece la compatibilidad con planes sociales. También define lo que cataloga de transparencia algorítmica, es decir el derecho a saber qué parámetros usan los algoritmos que deciden sobre su trabajo, acceso al empleo y elaboración de perfiles y la prohibición del bloqueo arbitrario: ninguna empresa puede desconectarte de la app sin haberte dado derecho a descargo previo.
QUE UN ALGORITMO NO DECIDA SOLO SOBRE TU TRABAJO
— Vanesa Siley (@Vsiley) August 12, 2026
Presentamos un proyecto de ley para actualizar la legislación laboral frente a una realidad concreta: miles de trabajadores y trabajadoras salen todos los días a trabajar para Rappi, PedidosYa, Uber, Cabify y otras plataformas,… pic.twitter.com/IO1aGfYTOQ
El proyecto plantea la creación de un canal de soporte obligatorio, con lugar físico, teléfono local y responsable asignado por la empresa, la definición de la reputación digital como capital propio, un cálculo real de la distancia recorrida en cada entrega, según el trazado urbano real y la capacitación y elementos de protección: casco, rodilleras, coderas, seguro de daños y seguro de riesgos a terceros a cargo de la empresa.
Entre los mayores avances, se define un sistema de vacaciones escalonadas según antigüedad (de 14 a 35 días corridos), sin penalidad en la reputación digital, la cobertura de riesgos del trabajo, mediante un régimen simplificado con una ART y se crea la Comisión Nacional de Trabajo en Plataformas Digitales, de integración tripartita (Estado, sindicatos y empresas), que fijará retribuciones mínimas, condiciones de trabajo y protocolos de control algorítmico.
El proyecto se enmarca en una tendencia regulatoria que ya avanza en buena parte del mundo y en el contexto de una recomendación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el mismo sentido. En la Unión Europea se acordó una directiva sobre trabajo en plataformas, y en la región Chile sancionó su propia ley en 2022, mientras Brasil, Colombia y Uruguay tienen proyectos en danza. En Argentina, la economía de plataformas de reparto ya emplea a más de 67 mil personas y creció un 289,5 por ciento entre 2020 y 2023, según datos de WorkerTech Argentina.
La reforma laboral de 2026 modificó las condiciones bajo las cuales trabajan miles de repartidores de aplicaciones como Rappi y PedidosYa. El nuevo régimen creó la figura del prestador independiente de plataformas tecnológicas, estableció derechos y obligaciones específicos y reguló aspectos como los pagos, las propinas, los seguros de accidentes personales, los bloqueos de cuentas y el acceso a información sobre los algoritmos utilizados por las aplicaciones.
La reglamentación quedó establecida mediante el Decreto 407/2026, que designó a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación para los servicios privados de movilidad y reparto prestados mediante plataformas tecnológicas. El nuevo esquema considera que quienes realizan estas actividades lo hacen de manera autónoma y, por lo tanto, el vínculo con las plataformas no constituye una relación de dependencia ni queda comprendido dentro del régimen tradicional de la Ley de Contrato de Trabajo.
🔥🗣️ "Hoy se demuestra que trabajar en reparto de pedidos TE GENERA DEUDAS: los trabajadores están en deudados CON LA PROPIA APP en promedio $900 mil pesos"
— La Pelota Sindical (@lpsargentina) July 21, 2026
Este es el trabajo que promueven el gobierno LIBERTARIO GENOCIDA con su reforma laboral pic.twitter.com/PAC8f6gnMx
Entre las características centrales del régimen se encuentra la posibilidad de que los repartidores se conecten y desconecten de las aplicaciones cuando lo decidan, establezcan sus propios horarios, acepten o rechacen pedidos y trabajen simultáneamente para distintas plataformas. También pueden elegir el medio de transporte que utilizan, siempre que cumplan con las normas de seguridad vial.
El régimen establece una serie de derechos específicos para quienes prestan servicios a través de plataformas digitales. Los repartidores pueden definir sus horarios, conectarse y desconectarse de las aplicaciones, rechazar pedidos y trabajar para más de una plataforma al mismo tiempo. También tienen derecho a conservar el 100 por ciento de las propinas entregadas por los usuarios, incluso cuando la propia aplicación sugiera el monto. Las plataformas, además, deben brindar información sobre los criterios utilizados para agrupar y categorizar los servicios. Esa información debe estar disponible en formato digital y en un lenguaje claro.
Otro de los derechos incorporados es la portabilidad de los datos. Los prestadores pueden solicitar información vinculada con su desempeño y actividad en un formato estructurado. Uno de los puntos contemplados por la nueva regulación es el mecanismo para las suspensiones y bloqueos de las cuentas. Las plataformas deben contar con canales de atención que incluyan operadores humanos. Cuando una cuenta sea suspendida o bloqueada, la empresa debe comunicar los motivos de la decisión y el prestador tiene derecho a presentar una réplica. De esta manera, la normativa incorpora reglas específicas para las decisiones que pueden impedir temporalmente que un repartidor continúe utilizando su cuenta y, por lo tanto, realizando entregas.