sábado 19 de abril de 2025 - Edición Nº2327

Sociedad | 9 ene 2024

REFORMA LABORAL POR DNU

Reforma laboral: cuáles son los principales cambios que intenta aplicar el gobierno por DNU

Baja en la indemnización por despidos y ampliación del periodo de prueba son algunos de los principales ítems de la reforma laboral que busca implementar el Ejecutivo Nacional.


El Decreto de Necesidad y Urgencia que llevó a cabo el gobierno de Javier Milei pretende generar una serie de cambios en la Ley de Contrato de Trabajo que hizo alzar las voces de muchos espacios sindicales, a tal punto que la Cámara Laboral dictó una medida cautelar para frenar su aplicación.

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Por esta razón, Política del Sur te cuenta cuáles son los cambios más importantes:

  • El periodo de prueba se extendería a 8 meses, antes según el contrato de trabajo debía ser de 3 meses, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción.
  • La presunción de la existencia del contrato de trabajo se eliminaría cuando se trate de contrataciones de servicios profesionales o de oficios y se emitan facturas como es el caso de los monotributistas.
  • Con respecto a la prohibición a trabajar, una persona gestante podría reducir su licencia anterior al parto a un periodo no inferior a los 10 días, cuando la ley establece 30.
  • Se configura injuria laboral grave la participación en medidas de fuerza como bloqueos o tomas de establecimiento y justa causa de rescindir el contrato.
  • La indemnización por despido no incluiría el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) ni conceptos de pago semestral o anual. Además, se podrían crear un fondo o sistema de cese laboral a cargo del empleador con un aporte mensual no superior al 8 por ciento de la remuneración computable u elegir un sistema privado de capitalización a su costo.
  • La Asociaciones sindicales podría realizar asambleas y congresos pero quedarían prohibidas las medidas de fuerza  que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieren, provocar bloque o tomar un establecimiento y ocasionar daños a personas o cosas de la propiedad de la empresa.
  • Se crearía la figura del trabajador independiente con colaboradores. Dicho trabajador independiente podría contar con hasta 5 colaboradores sin que exista un vínculo de dependencia entre ellos.
  • El decreto establece una serie de servicios esenciales donde además de los servicios hospitalarios, sanitarios, producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, luz y gas, se agrega telecomunicaciones; la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo; servicios aduaneros y migratorios; y la educación en todos los niveles. Dichas prestaciones no podrían hacer huelga, negociar ni imponer una cobertura de prestación menor al 75 por ciento de su funcionamiento normal mientras que los servicios de importancia trascendental como la producción de medicamentos e insumos hospitalarios; transporte marítimo, fluvial, terrestre y subterráneo de personas y mercaderías; servicios de radio y televisión; industria alimenticia; servicios bancarios, financieros, hoteleros, gastronómicos y comercio electrónico; y la producción de bienes y servicios de toda actividad no podrían brindar un servicio mínimo de cobertura menor al 50 por ciento.

La medida cautelar que frena el capítulo 4 del DNU, regirá hasta tanto el tribunal no dicte sentencia definitiva.

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