domingo 16 de junio de 2024 - Edición Nº2020

Policiales | 13 dic 2020

ABERRANTE

Kioskero abusaba de su hija de 14 años y la obligaba a enviarle videos sexuales

La víctima relató que fue abusada entre enero y febrero de este año en la casa de Longchamos donde vivía con su familia. El hombre amenazaba con brutales golpizas a la adolescente para que le enviara filmaciones intimas.


Un hombre de 42 años que atendía un kiosco en la localidad de Glew fue detenido el jueves a la noche, acusado de abusar en reiteradas ocasiones de su hija menor de edad, a quien obligaba además a enviarle videos mostrando sus partes íntimas. 

De acuerdo al relato de la víctima, de tan solo 14 años, era sometida sexualmente durante el periodo comprendido entre enero y febrero de este año en la casa de Longchamps donde vivía junto al resto de su familia. No conforme con ello, el presunto abusador enviaba mensajes con contenido sexual a la adolescente, a quien le exigía que le enviara videos de sus partes íntimas, por medio de amenazas de golpizas.

La UFI 9 de Lomas de Zamora especializada en delitos sexuales solicitó la orden de detención al juzgado de Garantías interviniente que avaló el pedido, tras el testimonio aportado por la adolescente en cámara gesell y otros análisis recolectados como pruebas en la causa. 

Personal de la Comisaría 4° de Almirante Brown determinaron por tareas de inteligencia encubiertas que el sujeto identificado como Martín Gabriel Avellino (42) trabajaba en un negocio ubicado sobre Miguel De Andrea 1700 de Glew donde montaron una vigilancia encubierta para tomarlo por sorpresa. 

Fuentes policiales informaron a Política del Sur que los agentes vieron salir al presunto abusador del negocio y lo siguieron cuando se subió a su auto Renault Sandero Stepway junto a una hija de 20 años. Finalmente lo interceptaron en Boedo 1200 de Longchamps, donde se entregó sin ofrecer resistencia al verse rodeado por la Policía

Ahora permanece tras las rejas bajo la caratula de “abuso sexual con acceso carnal reiterados agravado por el vínculo, por la situación de convivencia preexistente y por resultar ser un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima y corrupción de menores agravado por el vínculo, concursando todos los hechos materialmente entre sí”. 

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