domingo 03 de agosto de 2025 - Edición Nº2433

Sociedad | 15 nov 2020

Reglamentación del cannabis medicinal

Mamá Cultiva: “Estamos felices, esto implica condiciones justas para el acceso a la sustancia”

El Gobierno Nacional hizo oficial la nueva reglamentación de la ley de Uso Medicinal del Cannabis, que, entre otras cosas, amplía su utilización y permite el autocultivo. “Este es un logro de la lucha que emprendimos todas las organizaciones”, celebraron desde Mamá Cultiva. 


Por: Sabrina González Flores

A través del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional dispuso la nueva reglamentación de la ley de Uso Medicinal del Cannabis que desde ahora amplía su utilización para otras afecciones, permite el autocultivo, garantiza la provisión para pacientes, fomenta la investigación y autoriza la producción pública y privada de aceite. “Estamos muy contentas con la nueva reglamentación, creemos que de alguna manera es el reconocimiento a todo el trabajo que venimos haciendo”, valoraron desde la ONG Mamá Cultiva. 

En marzo del 2017 se sancionó la ley 27.350 de: "Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados". En ese entonces, el Ejecutivo Nacional sólo reglamentó la ley de manera parcial y según indicaron desde Mamá Cultiva, “la reglamentación restringió muchísimo el acceso al cannabis ya que solo tenía en cuenta la epilepsia refractaria y permitía el acceso a través de la importación”

Tres años después, la ley fue finalmente reglamentada con un espectro mucho más amplio, ya que incluye cinco aspectos que habían quedado fuera de la reglamentación anterior: el acceso, la posibilidad de inclusión de otras patologías, la gratuidad, la investigación y la calidad.

“Estábamos esperando esta reglamentación desde el 2017 ya que la reglamentación de ese momento es una ley de investigación médico científica que no tiene en cuenta todas las demás cuestiones, por eso celebramos este avance”, valoró Romina Cardenas, referente de Mamá Cultiva. 

A partir de esta reglamentación también se regula el denominado “Registro del Programa de Cannabis” (REPROCANN), a través del cual los pacientes podrán registrarse en el mismo para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación.  
 
“Aunque celebramos todo, la mayor alegría está en el reconocimiento y en la posibilidad de cultivar. Tanto el autocultivo como el solidario en red, a través de las asociaciones civiles y los clubes de cultivo, eso nos parece que es una de las cosas más importantes y que va a generar condiciones equitativas y justas para generar el acceso igualitario a la sustancia”, remarcó Cardenas. 

Objetivos del Programa

De acuerdo con la disposición publicada en el Boletín Oficial, la nueva reglamentación establece los siguientes objetivos principales: 

  • Desarrollar e implementar acciones de promoción y prevención dirigidas a los equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil que aborden la temática sobre Cannabis medicinal y a atender la salud integral de las personas a las cuales se les indique como modalidad terapéutica, medicinal o paliativa del dolor, el uso de la planta de Cannabis y sus derivados, conforme la normativa vigente. 
  • Implementar medidas para proveer en forma gratuita por parte del Estado, derivados de la planta de Cannabis para aquellas y aquellos pacientes que cuenten con indicación médica con cobertura pública exclusiva.
  • Impulsar la investigación con el fin de generar evidencia científica de calidad que permita a las y los pacientes humanos acceder a la planta de Cannabis y sus derivados en forma segura.
  • Generar espacios de trabajo y participación voluntaria de actores claves involucrados en la temática y usuarios o usuarias de la planta de Cannabis y sus derivados, para el diseño de estrategias de capacitación y promoción del cuidado integral de la salud.
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