viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº1969

Gremiales | 31 jul 2020

SENADO

Pese a las críticas de empresarios, el oficialismo convirtió en ley el teletrabajo

La Cámara Alta dio el visto bueno al proyecto que busca regular la modalidad, que explotó en tiempos de pandemia y aislamiento. Las empresas fueron críticas a la iniciativa, que plantea una serie de derechos para los trabajadores.


El Senado convirtió el jueves en ley, sin el apoyo de la oposición, la normativa que regula el teletrabajo, en momentos en que la modalidad está en expansión como consecuencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en el país por la pandemia de coronavirus. La iniciativa obtuvo 40 votos a favor del oficialista Frente de Todos y el Frente Renovador de Misiones, y 30 en contra de Juntos por el Cambio, el Interbloque Parlamentario Federal y el Frente Juntos Somos Río Negro, habitual aliado del oficialismo.

 

La bancada de Juntos por el Cambio firmó un dictamen en minoría en desacuerdo con aspectos de la ley que, a su criterio, tornaban "más rígida" la regulación y "desalentaban" a los empleadores a promover puestos de trabajo de esta naturaleza.

 

La ley aprobada con los votos del Frente de Todos busca establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de la modalidad de teletrabajo en aquellas actividades que lo permitan por su naturaleza y características, y aclara que los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas.

 

Según la norma aprobada, las personas que trabajen bajo esta modalidad gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las que trabajen en forma presencial, y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían en modalidad presencial. Además, determina que los convenios colectivos deberán prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo.

 

En representación del oficialismo, Mariano Recalde defendió el proyecto, al señalar que "no surge a las apuradas", destacó que tuvo "amplio consenso en la Cámara de Diputados" y afirmó que la ley "garantiza derechos que ya existen, que de no ser respetados, harían retroceder al país cien años".

 

"Es muy sano que la ley prohíba al empleador, por ejemplo, efectuar llamados fuera del horario laboral", sostuvo, y remarcó que la cuestión de la reversibilidad del formato de teletrabajo -uno de los puntos cuestionados por la oposición- alcanza con un preaviso de 15 días.

 

Por su parte, el jefe de los senadores de Cambiemos, Luis Naidenoff, declaró que "hay una mirada sesgada (del oficialismo) con esta idea de no aceptar cambios" y señaló "falta de sentido común", ya que la ley "pone un freno a las fuentes de trabajo" y demuestra "una enorme torpeza desde lo político".

 

Naidenoff cuestionó el punto de la reversibilidad al señalar que "para contratar trabajadores del interior, por ejemplo, se pueden considerar despedidos si el empleador no alquila un local para oficina", y cuestionó que el Frente de Todos "busque arremeter y avanzar", pese a que el propio ministro de Trabajo, Claudio Moroni, no se opuso a ello.

 

Repercusiones

 

Luego de la aprobación de la norma, desde distintos sectores opinaron sobre su impacto en el mercado laboral. A través de un comunicado, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) señaló que algunos aspectos de la ley sancionada resultan “contrarios al desarrollo” del teletrabajo, y consideró un error “la regulación de cuestiones del futuro con conceptos del pasado”.

 

“El hecho de que el empleado puede disponer en cualquier momento el regreso a las tareas presenciales -caso contrario, puede considerarse despedido-, obliga al empleador a contar con instalaciones ociosas, disponibles en caso de que el trabajador quiera ejercer esa opción, lo que encarece sensiblemente los costos del teletrabajo. Las jornadas de trabajo con horarios rígidos, en tanto, no permiten adaptarse a los diversos husos horarios de los países de destino de las exportaciones de servicios”, apuntó la CAC.

 

Entre sus puntos destacados, el proyecto establece una jornada laboral fijada de antemano y poco flexible, que podría generar problemas con el derecho que tendrá el empleado de “desconectarse de los dispositivos” digitales “fuera de su jornada laboral y durante períodos de licencias”. En especial, para el caso de las prestaciones transnacionales.

 

Por otra parte, el empleador deberá “proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja”.

 

En ningún caso, el trabajador “responderá por el desgaste normal producto del uso o el paso del tiempo”, y “en caso de desperfectos, roturas o desgaste en los elementos, instrumentos y/o medios tecnológicos que impidan la prestación de tareas, el empleador deberá proveer su reemplazo o reparación, a fin de posibilitar la prestación de tareas”.

 

También, habrá una compensación para los casos de “mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar”, y la misma operará “conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del Impuesto a las Ganancias”.

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