El juez que le otorgó una cautelar a la CGT contra 82 artículos de la nueva legislación del trabajo rompió el silencio, y defendió su medida. El titular del juzgado del Trabajo N° 63, Raúl Ojeda, aclaró que lo que planteó la CGT fue la inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley que los consideró graves y dejó otros para que los objeten los gremios afectados”. Dentro de lo que la central obrera califica como positivo, el magistrado refirió “los créditos laborales en los juicios que se van a indexar por el índice de precios al consumidor más un 3 por ciento de interés, que favorece a más de la mitad de las provincias argentinas y particularmente a la de Buenos Aires”.
En cuanto a las objeciones, como el derecho a huelga, el banco de horas, el tema de los aportes, el juez indicó que “son aspectos muy importantes porque hacen al derecho colectivo” y en el ámbito privado “cuestionaron que no se considere trabajadores a los de las plataformas”. “Cuando uno mira como evolucionó eso en el mundo siempre fue a favor de las relaciones laborales y acá la ley directamente lo expulsa de la relación laboral” -advirtió.
🔴 "ESTA ES UNA MEDIDA CAUTELAR, QUE SE ADOPTA PARA EVITAR DAÑOS HASTA LA SENTENCIA DEFINITIVA"
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👉Raúl Horacio Ojeda, Juez que frenó 82 artículos de la reforma laboral a pedido de la CGT, dialogó con Ignacio Ortelli (@ignacioortelli ) y explicó de qué se trata el recurso. pic.twitter.com/wyS5HGuEbW
Respecto de cómo continúa esta disputa, explicó que “ahora el Estado tiene 5 días para contestar, 3 días el fiscal para emitir su opinión y tres días que tengo yo para dictar la sentencia. Eso sería lo normal, salvo que el Estado me quiera recusar y eso va a generar demoras”. Además, Ojeda aclaró que “la ley no está caída, está suspendida y puede ser que durante la sentencia definitiva alguna parte que está suspendida recobre vigencia porque el Estado dio buenos argumentos”. No obstante, aseveró: "He visto algunos semáforos rojos y amarillos que me hicieron tomar la decisión de suspender esos artículos porque podrían provocar situaciones de daños irreparables, para los trabajadores o los empleadores y eso sí que sería grave”.
Por último, tras considerar que “esto sin lugar a duda va a llegar a la Corte Suprema” el magistrado precisó que, aunque sea recusado, “la medida cautelar va a seguir vigente hasta que alguien diga que perdió vigencia, salvo que haya una revocatoria en la Cámara o en el Corte”.
La decisión judicial, firmada por el juez, hizo lugar a una medida cautelar al considerar que “se encuentran reunidos los requisitos para el dictado de la medida provisoria”, mientras se analiza la constitucionalidad de los cambios impulsados por el gobierno. Desde la cartera laboral anticiparon que recurrirán la resolución con el patrocinio de la Procuración del Tesoro y remarcaron que “se agotarán todas las instancias judiciales necesarias para garantizar la vigencia de la norma”. Además, defendieron la ley al sostener que busca “la creación de empleo formal, la mejora de la competitividad y el fortalecimiento de la seguridad jurídica”.
Del otro lado, la CGT había advertido que varios artículos implicaban un retroceso en derechos laborales individuales y colectivos, argumento que fue considerado en esta instancia preliminar por la Justicia. El fallo impacta de lleno en el corazón de la reforma. Entre los puntos suspendidos aparecen cambios en el régimen de despidos e indemnizaciones, incluyendo la posibilidad de excluir conceptos como el aguinaldo del cálculo indemnizatorio y la creación de un Fondo de Asistencia Laboral que podía reemplazar parcialmente las indemnizaciones tradicionales. El juez advirtió que ese esquema “no garantizaba la reparación de despidos injustificados”. También quedaron frenadas modificaciones sobre el derecho a huelga, que ampliaban los servicios mínimos y restringían las medidas de fuerza, además de recortes a la actividad sindical como limitaciones a asambleas, reducción de horas gremiales y posibles sanciones a sindicatos.
En materia de negociación colectiva, la cautelar suspendió la prioridad de los convenios por empresa sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por el movimiento obrero por considerar que habilitaba acuerdos a la baja. La resolución también alcanzó cambios en teletrabajo —incluida la derogación de su ley—, nuevas modalidades laborales como el “banco de horas”, y el intento de encuadrar a trabajadores de plataformas como independientes, lo que hubiera implicado dejarlos fuera de la protección laboral. A su vez, se frenaron modificaciones sobre tercerización que reducían la responsabilidad de las empresas, la flexibilización del período de prueba sin preaviso y cambios en la Justicia laboral, como la quita de competencia en casos contra el Estado y la posibilidad de pagar sentencias en cuotas.
La UIA llama a preservar la vigencia de la Ley de Modernización Laboral pic.twitter.com/Cr0At8frSj
— UIA (@UIAok) March 31, 2026
La medida es provisoria, pero tiene efectos concretos: deja en pausa los aspectos más sensibles de la reforma laboral. Ahora, el expediente seguirá su curso en instancias superiores, donde se definirá si estos cambios avanzan o quedan definitivamente sin efecto. Mientras tanto, el escenario abre un nuevo foco de tensión entre el Gobierno y el movimiento sindical, con impacto directo en las condiciones laborales de millones de trabajadores.
Por su parte, la Unión Industrial Argentina (UIA) manifestó este martes su preocupación ante la decisión judicial de suspender de manera cautelar una parte sustancial de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. A través de un comunicado oficial, la entidad fabril reclamó la necesidad de contar con “reglas claras, previsibles y estables” para fomentar la inversión y el empleo formal, al tiempo que advirtió sobre el impacto negativo que la incertidumbre normativa genera en el clima de negocios.
En su pronunciamiento, la entidad que preside Martín Rappallini subrayó que la Ley de Modernización Laboral fue sancionada por “amplia mayoría” en el Poder Legislativo. En ese sentido, la UIA sostuvo que el respeto por la división de poderes y por las leyes aprobadas es un pilar esencial para la seguridad jurídica y el funcionamiento de la economía. “La persistencia de la incertidumbre normativa debilita el clima de negocios y retrasa las decisiones productivas”, indicó el documento oficial de la institución. Para los industriales, la vigencia de los marcos legales que buscan modernizar el sistema laboral es fundamental para acompañar el desarrollo del país y mejorar la competitividad de los sectores productivos.
La preocupación empresarial radica en que la cautelar retrotrae las condiciones de contratación y gestión de recursos humanos al esquema previo a la reforma, en un contexto donde el sector privado buscaba aplicar las nuevas herramientas previstas en la Ley 27.802. Según la UIA, Argentina requiere de un escenario normativo que promueva la inversión y el empleo formal, objetivos que, a su criterio, se ven obstaculizados por la suspensión de los 83 artículos.