miércoles 31 de diciembre de 2025 - Edición Nº2583

Provincia | 31 dic 2025

En la Provincia

Quien no cumple con la cuota alimentaria, no juega

Las personas que adeudan la cuota alimentaria tienen prohibido el ingreso a casinos, bingos y salas de juego, tras la promulgación de la ley 15.589, de autoría del diputado provincial Germán Di Cesare.


En la Provincia de Buenos Aires, las personas que adeudan la cuota alimentaria tienen prohibido el ingreso a casinos, bingos y salas de juego, tras la promulgación de la ley 15.589, de autoría del diputado provincial Germán Di Cesare.

La norma incorpora una herramienta concreta para fortalecer el cumplimiento de una obligación esencial y garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes. La restricción alcanza a quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) por adeudar tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, en línea con los criterios vigentes de la Justicia provincial.

Asimismo, la ley establece la obligación para los operadores de casinos, bingos y salas de juego de consultar el registro provincial antes de permitir el ingreso. El incumplimiento de este deber podrá derivar en sanciones económicas y, en casos de reincidencia, en clausuras temporarias o definitivas.

“El incumplimiento alimentario no puede seguir siendo una conducta sin consecuencias. Cumplir con la cuota alimentaria es una obligación legal y una responsabilidad social indelegable”, señaló Di Cesare.

La iniciativa se enmarca en los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y del Código Civil y Comercial de la Nación, que establecen la obligación común de ambos progenitores de garantizar el cuidado y el sustento de sus hijas e hijos. Con esta medida, la Provincia de Buenos Aires prioriza el interés superior de las infancias y genera incentivos efectivos para que los deudores regularicen su situación.

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