martes 16 de diciembre de 2025 - Edición Nº2568

Nación | 16 dic 2025

Reforma laboral

“De moderno, esta Ley sólo tiene el título”, aseguró Cremonte

El abogado laboralista alertó que el proyecto “tiende a deslaboralizar las relaciones laborales y convertirlas en relaciones entre iguales”, desconociendo la desigualdad estructural entre trabajador y empleador. Analizó los antecedentes históricos.


La reforma laboral genera debates y mucha preocupación en algunso sectores, y el próximo jueves habrá una movilización de diferentes sectores sociales, sindicales y agrupaciones políticas para repudiar el proyecto de ley que impulsa el Gobierno. Política del Sur conversó acerca de la reforma con Matías Cremonte, abogado laboralista.

“De moderno, sólo tiene el título esta Ley”, advirtió, y señaló que “no hay ningún aspecto de su contenido que realmente signifique algo que se pueda relacionar con la modernidad". "En gran parte, y sin duda en todo su espíritu, se trata más bien de un retroceso, pero no simbólico, un retroceso efectivamente al momento histórico en el cual no existía el derecho del trabajo”, sentenció.

En ese sentido, comentó que esta reforma “tiende a deslaboralizar las relaciones laborales, convertirlas en relaciones entre iguales” y explicó que “el sentido que tiene el derecho del trabajo es que está basado sobre la idea de que las partes que integran un contrato de trabajo son desiguales”.  “El empleador, el empresario, está en una situación de poder porque puede o no dar empleo y la persona que necesita trabajar, está en una situación de necesidad porque debe ser contratada para tener un salario y poder sobrevivir. El derecho del trabajo crea desigualdades explícitamente en favor de esa parte que está desfavorecida”, agregó.

En esa línea, advirtió que “las desigualdades que crea esta ley en favor de una de las partes deben entenderse como una compensación de la desigual relación que existe entre las partes en la realidad. Esta reforma, de algún modo, va en contra de ese precepto, de esa finalidad de la ley y comienza a tratar a las partes como iguales”. “En la ley son pocas cosas, por no decir ninguna, las que deja libradas al acuerdo individual de trabajador y el empresario porque justamente se basa en esa desigualdad de poder. En la medida que establece la posibilidad de que las partes acuerden ‘libremente’, está dándole poder a la parte que ya lo tiene. Es realmente más bien un retroceso que algo que tienda a modernizar las relaciones laborales”, amplió.

Con respecto a la idea, que pregona el Gobierno en torno a la creación de empleo, planteó que “cada vez que hubo una reforma en Argentina de estas características, creció el desempleo y cayó el empleo registrado". "La primera gran reforma laboral parecida a esta es la que hizo el gobierno militar en 1976, que reformó drásticamente la Ley de Contrato de Trabajo con el mismo objetivo, creció el desempleo y cayó el empleo registrado", precisó.

También mencionó la experiencia de los años 90, con el gobierno de Carlos Menem, quien "impulsó algunas leyes para agilizar la contratación” que “se denominaban contratos basura porque que tenían una duración corta y después terminaban sin ningún tipo de derecho de indemnización". "Creció el desempleo, llegó a niveles históricos", recordó.

"Y ahora no tenemos porqué pensar que el resultado va a ser distinto”, aseguró el abogado labolista, al tiempo que comentó que en 2015, la ONU (Organización de la Naciones Unidas) realizó una investigación sobre 63 reformas laborales en el mundo de características similares y concluyó que en ningún caso mejoró la situación laboral ni económica. “No depende de la legislación laboral, el crecimiento económico y del empleo. La ley laboral ni crea ni destruye empleo. Es una política económica la que hace que crezca la economía, crezca el empleo, crezca el consumo o la que lo destruya, que es lo que está pasando ahora”, subrayó Cremonte.

En este marco, señaló que “en la Ley Bases, que está totalmente vigente hace un año y medio y la Justicia no la ha declarado inconstitucional, tuvo un capítulo destinado a una reforma laboral. Eliminó las sanciones para los empleadores que no registren una relación laboral con el fundamento que de esta manera va a crecer la registración porque no hay sanción. Un año y medio después, creció el empleo no registrado. Fracasó en ese sentido y vuelve a la carga con un nuevo intento, con la misma receta. ¿Por qué el resultado sería distinto si está haciendo lo mismo que ya hizo?”.

“Todo lo que refiere a la reforma de los aspectos colectivos de la legislación, el derecho sindical, es igualmente aplicable a los sindicatos del empleo público que del empleo privado, pero en el Estado nacional hay muchos organismos que se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo, no por las leyes de empleo público. Ahí va a haber una afectación directa, porque se modifica la ley de contrato de trabajo”, señaló.

Consideró que “es una reforma inconstitucional en su totalidad" y precisó que "hay un principio constitucional que es el de progresividad que implica que los estados están obligados a legislar siempre de manera progresiva en materia social y nunca de manera regresiva. La otra cara de la moneda del principio de progresividad es el principio de irregresividad, no se puede retroceder”.  “Esto implica realmente un retroceso en materia de reconocimiento de derechos, ya es inconstitucional de arranque solamente por contradecir ese aspecto, pero lo más importante es el artículo 14 bis, porque la mayoría de los temas que abarca la legislación laboral, están esbozados en ese artículo y acá son reformulados de manera regresiva”, cerró.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias