El texto, firmado por la Mesa Directiva de la entidad, no menciona nombres propios ni causas específicas, pero fue publicado en un contexto judicial concreto y contiene definiciones que el entorno profesional interpreta como un pronunciamiento político-institucional en defensa del médico condenado.
“La evaluación penal de los actos médicos exige un grado extremo de prudencia e imparcialidad”, sostiene el comunicado, y advierte sobre “interpretaciones que desplazan el análisis jurídico desde parámetros técnicos y probatorios hacia apreciaciones parcialmente subjetivas, influenciadas por climas sociales y narrativas mediáticas”
En uno de los pasajes más fuertes, el Colegio de Médicos Distrito II, con sede en Avellaneda, plantea que cuando los fallos judiciales se ven condicionados por demandas sociales o por la presión de la opinión pública, “el proceso judicial corre el riesgo de transformarse en una respuesta simbólica y no de justicia”.
Además, el documento insiste en que los actos médicos realizados conforme a "la lex artis" y con consentimiento no deberían ser “reinterpretados a partir de categorías ajenas al saber médico ni sumidos en figuras penales mediante valoraciones sociales mediáticas”.
“Se instala así una medicina defensiva, retraída y condicionada no sólo por el mejor interés del paciente, sino además por el temor a una interpretación penal socialmente amplificada”, advierte el texto.
Estas definiciones son un acompañamiento explícito a Clementi, al cuestionar el modo en que se evaluó penalmente su práctica profesional y al poner en duda los criterios con los que se dictó la condena.
El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 3 de Lomas de Zamora dictó en diciembre pasado la sentencia contra Clementi, imponiéndole 14 años de prisión, cuya modalidad de cumplimiento será prisión domiciliaria con tobillera electrónica. La condena se basó en causas por abuso sexual cometido contra varias de sus pacientes, con un número de hechos y víctimas que el tribunal consideró acreditados tras la investigación y el juicio oral.
Además de la pena, el fallo determinó la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina. La sentencia no está firme y es objeto de apelaciones ante instancias superiores, como es habitual en causas de esta naturaleza.
El Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires es el organismo que regula la matrícula, el ejercicio profesional y la defensa institucional de los médicos bonaerenses. Está dividido en distritos y cuenta con un Consejo Superior que nuclea a representantes de toda la provincia.
En el caso del Distrito II, la Comisión Directiva está encabezada por el presidente Dr. Jorge E. Agugliaro, acompañado por el vicepresidente Dr. Francisco Di Iorio, la secretaria Dra. Mirta Vega y el tesorero Dr. Eduardo Galuedet, entre otras autoridades.
Este respaldo se suma al de numerosos medicos y especialistas que dejaron en claro su desacuerdo por una condena que según expresan son propias de la actividad profesional.
El comunicado fue interpretado por sectores dentro del ámbito médico como un respaldo institucional frente a la condena judicial, en tanto que plantea la defensa de criterios técnicos y profesionales en la evaluación de la práctica médica. El texto no realiza menciones explícitas a las partes del proceso ni a las víctimas, sino que se centra en una reflexión general sobre la interacción entre medicina, justicia y opinión pública.