El Decreto de Necesidad y Urgencia del PEN deroga la Ley de Tierras Rurales que lleva el Nº 26.737, sancionada el 22/12/2011 y promulgada el 27 de ese mismo mes y año. Ese ordenamiento jurídico es un régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales, que limita la compra por parte de extranjeros que tengan o no domicilio en el país ya sean personas físicas o jurídicas.
El artículo 8º estable un límite de un 15% a toda titularidad de dominio o posesión de tierras rurales en el territorio nacional. Dicho porcentaje se computará también sobre el territorio de la Provincia, Municipio o entidad administrativa equivalente, en que esté ubicado el inmueble rural.
Por el artículo 9º ninguna persona física o jurídica, de una misma nacionalidad extranjera, podrán superar el 30% del porcentual asignado en el artículo 8º a la titularidad o posesión extranjera sobre tierras rurales.
El artículo 10º dispone que las tierras rurales de un mismo titular extranjero no podrán superar las 1.000 hectáreas en la zona núcleo o superficie equivalente, de acuerdo con lo que disponga el Consejo Ministerial de Tierras Rurales. Agregando, además, que se prohíbe la titularidad o posesión por parte de personas extranjeras las tierras que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura o permanentes y los inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera con las excepciones y procedimientos establecidos por el decreto ley 15.385/44, modificado por la Ley 23.554.
Por otra parte, el artículo 3º del Decreto PEN 820/2016, reglamentario de la Ley 26.737, entiende que son personas jurídicas extranjeras aquellas en la cual las personas humanas o jurídicas, en forma directa o indirecta, formen la voluntad mayoritaria, independientemente de su participación social y se presume, salvo prueba en contrario, que se consideran extranjeras a aquellas personas humanas o jurídicas que superen el 51% del capital social de una persona jurídica.
Con respecto a los extranjeros que hayan comprado tierras en exceso de lo dispuesto en la Ley 27.737, con anterioridad a la vigencia de la misma, no estarán obligados a transmitir dicho exceso (Art. 8º Decreto 820/216). Con respecto a esto, el autor de esta nota no está de acuerdo, debería buscarse alguna alternativa válida al menor costo nacional, que permita que los extranjeros se sujeten al contenido de la norma legal.
Con esta ley se le pone un límite determinado por la seguridad nacional a la apetencia extranjera en materia de posesión dominial y tenencia rural, acorde con leyes similares en otros países de importancia mundial, sin necesidad de que este tipo de legislación se encuentre relacionada con gobiernos democráticos o totalitarios, capitalistas o comunistas.
Con respecto a lo manifestado en el párrafo anterior, resulta interesante un artículo periodístico publicado por el diario La Nación de fecha 17/05/2014 titulado: “Francia le pone un candado a sectores clave con el patriotismo económico”. En el mismo se obtiene una rica información sobre la actitud de otros países que de ninguna manera podrían ser tildados de colectivistas o defensores de teorías de izquierda, sino de usar la facultad discrecional de establecer en sus respectivos Estados soberanos una política proteccionista de ciertas actividades económicas que se consideran imprescindibles en manos del Estado para proteger la soberanía nacional.
El objetivo de esos países es oponerse a toda operación hostil en terrenos que corresponden ser resguardados por la soberanía nacional, tal como lo ha afirmado el ministro de economía francés Arnaud Montebourg, autor de la iniciativa, donde informa que se aplicará el criterio en materia de electricidad, gas, hidrocarburos, otras fuentes de energía, explotación de redes y servicios de transporte, aprovisionamiento de agua, comunicaciones electrónicas y protección de la salud pública. Esta decisión del ministro francés fue adoptada en forma acelerada cuando se conoció la noticia de que la empresa norteamericana General Electric tuviera intenciones de comprar el sector energético de Alstom, el gigante francés privado de energía y transportes, dado que, para el gobierno, este conglomerado nacional es considerado esencial en la independencia energética y con esta medida queda reequilibrada la relación de fuerzas entre el Estado francés y los intereses de las empresas multinacionales, donde los intereses no siempre son los mismos, según palabras del propio ministro mencionado.
Estados Unidos cuenta desde 1975 con el Committee on Foreing Investment (CFIUS) cuya función es proteger ciertas empresas del apetito extranjero, en el terreno fundamental de la seguridad nacional y las infraestructuras cruciales, donde hasta puede oponerle una compra al presidente de la nación.
Por otra parte, el gobierno de ese poderoso país del norte, a pesar de ser un adalid del liberalismo, no permite que buques extranjeros ingresen a Puerto Rico (Ley Jones), solo lo pueden hacer los de bandera norteamericana (el libre mercado es para los demás, no para ellos).
El gobierno alemán le puso límites a empresas extranjeras con un decreto que exige la autorización del gobierno cada vez que la adquisición supera el 25% del capital, indispensable en las áreas de defensa y telecomunicaciones.
Gran Bretaña, el país defensor del liberalismo y del dicho “influir en otros países a que determinen legislaciones liberales que nosotros no hacemos”, ha sancionado una Ley de 2002 que permite realizar un test público en tres sectores: seguridad nacional, mercados financieros y medios de comunicación. Y dicho gobierno reformó el llamado Takeover Panel para supervisar las fusiones y adquisiciones, donde, en caso de violación, la empresa compradora será enjuiciada ante el Tribunal Superior de Justicia. Resulta interesante también observar lo que ocurre en otros países de menor jerarquía internacional.
Hungría emitió un decreto parlamentario que limita la compra de tierras por parte de extranjeros. En Uruguay existió un fuerte debate en el mismo sentido. En Argelia el Estado es propietario de la mayor parte de la tierra y a los extranjeros solo se les permite adquirir tierras agrícolas en participaciones accionarias minoritarias, siempre que se encuentren en sociedad con firmas nacionales. La República del Congo ha adoptado un criterio similar incluso imponiendo condiciones para el uso de la tierra, dado que si no se la pone a producir se pierde el derecho a su dominio. La República Federativa del Brasil ha determinado límites a la adquisición de tierras y una franja de cincuenta kilómetros alrededor de sus fronteras, por razones de seguridad nacional, quedan fuera de los inversionistas privados. En Nueva Zelanda cualquier compra de tierras agrícolas mayor a 5 hectáreas o que tenga un valor superior a 84.000 dólares estadounidenses y realizada por un extranjero, debe ser sometida a la aprobación del Overseas Investment Office, pero para obtener el permiso, los extranjeros deben satisfacer una serie de requisitos que dificultan el libre acceso.
En nuestro país, el secretario del Movimiento Agrario de Misiones, Salvador Torres, dijo que la provincia está entre las más extranjerizadas por encima del 10% general, pero hay localidades que la exceden y coinciden con toda la zona forestal que está en posesión de la empresa Arauco.
El abogado y profesor de derecho ambiental de la Universidad Nacional de Misiones, Dr. José Luis Fuentes, dijo que no es solo la cuestión de la tierra que se disponga, sino que también tiene que ver el tema ambiental, donde ahora se ocupa el 20% donde se produce el monocultivo donde empresas foráneas no respetan los protocolos ambientales de la provincia.
Al analizar lo sucedido en algunos de los principales países del mundo, observo que hay dos denominadores comunes que pueden recibir el concepto de “bienes jurídicos tutelados por el Estado Nación”: La seguridad nacional y las comunicaciones. El segundo de los denominadores puede ser polémico porque es muy tentador dejar en exclusivas manos públicas el derecho a la información, donde pueden aparecer ciertas arbitrariedades y desmanejos, aunque es de hacer notar que en medios privados también suele suceder lo mismo, dado que pueden advertirse ciertas actitudes tendenciosas que le imponen impurezas y empañan las noticias en favor de ciertos sectores dominantes.
Pero creo que no sería discutible el tema de la seguridad nacional, donde se amerite poner un límite a las extensiones territoriales, sobre todo de fronteras, para que las fuerzas armadas del país puedan trasladarse sin pedir permiso a los titulares de dominio privado que, a veces, sus apetencias no suelen coincidir con la defensa de nuestro territorio.
En tal sentido ¿Por qué en aras de una dudosa defensa a ultranza de los postulados liberales no se permitiría disponer, como bienes públicos o militares, de una franja de cinco o tal vez diez kilómetros paralela a las fronteras internacionales?, o bien ¿Por qué se debería permitir que ciertas extensiones de tierras argentinas en manos extranjeras dispongan de puertos o aeropuertos privados que pueden permitir que naves aéreas o marítimas ingresen subterfugiamente en territorio nacional? ¿O bien por qué permitir que ciertos magnates extranjeros no permitan el libre acceso a los caminos públicos o cursos de agua tan necesarios para el desarrollo de la vida humana, tal como sucede en nuestra Patagonia? Y, por último, ¿Por qué deberíamos tener un país tan permisivo a las apetencias extranjeras y a la libre entrada y salida de personas, donde en otros países se imponen límites, visas y otras estructuras jurídicas que dificultan la permanencia de los no nacidos en ese territorio? La constitución alberdiana es demasiado permisiva para con los extranjeros, pero es de hacer notar que fue promulgada en un momento histórico donde se necesitaba poblar a la Argentina con seres humanos provenientes de otras latitudes para ocupar un extenso territorio nacional y ayudar a fomentar la economía y la ocupación soberana. Hoy esos condicionamientos constitucionales deberían revisarse y debatirse en aras de proteger la seguridad nacional.
Estados Unidos, por ejemplo, no es un país comunista, sin embargo, históricamente si alguien deseara hacer turismo, debe hacer una serie de trámites en la embajada que aseguren una permanencia limitada en el territorio. Esos trámites suelen incluir la demostración de ser propietario, tener cuenta bancaria, tarjeta de crédito, certificados de conducta, declaración de fecha de ingreso y de egreso del territorio, todo en el país de origen para entregar a la embajada norteamericana y esperar el permiso o visa correspondiente.
Un capítulo aparte merece el convenio celebrado el 23 de abril de 2014 denominado “Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Popular China sobre la construcción, el establecimiento y la operación de una estación de espacio lejano de China en la Provincia de Neuquén, Argentina, en el marco de un programa chino de exploración de la luna”. El lugar donde se han construido las instalaciones es en Bajada del Agrio.
Es la primera estación China fuera de su territorio y la antena tiene un diámetro de 35 metros. El lugar de emplazamiento tiene 200 hectáreas.
En los considerandos del acuerdo consta que es del interés de ambos gobiernos trabajar conjuntamente en el desarrollo de la tecnología espacial con fines pacíficos y cooperar en el campo de las actividades espaciales para beneficio mutuo. Pero, ya veremos luego, que esta premisa no se cumple.
También en los mencionados considerandos consta que China hará estudios sobre la Luna, Marte y otros cuerpos celestes. ¿Estamos seguros que solo se dedicarán a esos temas?
Todas las compras que realice el gobierno chino en territorio argentino para la construcción y el mantenimiento de las instalaciones se encuentran totalmente desgravadas de derechos aduaneros, impuestos internos, y también de otros impuestos nacionales al consumo, incluido el impuesto al valor agregado.
La autoridad de aplicación de las tareas que se cumplan dentro del establecimiento donde sea instalada la antena estarán a cargo del Centro de Lanzamiento, Seguimiento y Control Chino. Este organismo se dedica a telemetría, seguimiento y comando de misiones espaciales, control de satélites, equipos de vigilancia y todo lo relacionado con la construcción, mantenimiento y supervisión de las misiones espaciales. Por lo tanto, resulta difícil no asociarlo a una organización militar.
La Argentina se compromete a no interferir en las actividades desarrolladas por China en territorio neuquino, pero nada dice respecto al derecho de inspección de las instalaciones que debería ejercer nuestro país, caso contrario se estaría violando un precepto fundamental que sostiene nuestra soberanía y no nos estaríamos enterando de posibles actividades nucleares u otras inconfesables que quedarían ocultas.
Las relaciones laborales se regirán por la ley argentina y el gobierno chino se compromete a respetar el poder de policía laboral, de seguridad e higiene del trabajo. Las remuneraciones de los trabajadores chinos son de responsabilidad de China y se regirán por la legislación del país de origen.
El plazo de vigencia es de 50 años, pero puede ser extendido con acuerdo de partes. No obstante, el acuerdo nada dice sobre quién será el destinatario de las inversiones realizadas en nuestro territorio una vez que venza el acuerdo y resulta incomprensible que algo tan importante se haya dejado sin legislar.
Cada una de las partes puede terminar el acuerdo en forma anticipada con un aviso no inferior a 5 años y con causa justificada. En especial una causa de tal magnitud es la falta de cumplimiento del acuerdo.
Hasta aquí el acuerdo, pero vemos ahora lo que sucede en realidad, según datos tomados del artículo escrito por Gabriel Michi y Luis Baravalle, denominado: “Misterio en la Patagonia” y publicado por Infobae el 20 de agosto de 2023.
En Las Lajas, un pueblito cercano a la base satelital, nadie sabe lo que sucede dentro de la misma.
El lugar se encuentra custodiado por la policía de la Provincia de Neuquén, pero el acuerdo nada dice que debería existir una obligación al respecto, lo cual es motivo de irritación de los lugareños, pues dicen que ellos pagan los impuestos para que la policía cuide a los chinos en lugar de cuidarlos a ellos.
Una vez a la semana o cada diez días, baja a Las Lajas sigilosamente un grupo de chinos para aprovisionarse de víveres en un supermercado de esa nacionalidad que fue instalado simultáneamente con la construcción de la estación satelital. No establecen relaciones con nadie, excepto con la dueña del supermercado que también es china y no responde preguntas sobre la estación, a pesar de ser la única persona que tiene contacto con ellos. Una vez realizadas las compras, con el mismo sigilo con que vinieron, se van.
Si no se conoce el camino que conduce a la estación satelital, es sumamente difícil llegar hasta allí, pues los carteles indicadores de ruta fueron arrancados. Dos policías neuquinos impiden seguir el rumbo y contestan que “nadie tiene permitido entrar”. Esa es la misma respuesta que da siempre la embajada China en Buenos Aires.
La ex diputada provincial Beatriz Kreitman era legisladora cuando se instaló la base. Se opuso a su construcción y fue de las pocas que pudo entrar y no vio personas dentro de la base. Ella entiende que el país está cediendo soberanía por cincuenta años en un territorio provincial donde rige la voluntad de China, dado que explica que uno puede llegar hasta el alambrado, pero no puede ingresar porque eso no es considerado un trozo de territorio argentino, sino chino.
Y, por último, como dato singular, China se comprometió a prestar el 10% del tiempo de la base a Argentina, es decir dos horas y cuarenta minutos por día, pero nadie recuerda haber visto pasar el alambrado a un científico de la CONAE, a pesar de que el tratado lo establece de esa manera.
En síntesis, la base satelital, está rodeada de un profundo misterio y protegida por una nube oscura que impide la intromisión argentina para saber qué clase de tareas se cumplen dentro de la misma.
Si derogamos la Ley de Tierras y admitimos este tipo de asentamientos foráneos, a cambio de unas pocas divisas que ni siquiera son suficientes para dar solución a las desprolijidades de los gobiernos de turno, estaremos fomentando la pérdida de soberanía, la colonización y servidumbre de nuestro país.
Y, por último, un par de reflexiones finales:
1) A los gobiernos de Estados Unidos, Gran Bretaña, Rusia y de China, entre otros, les encanta tener asentamientos en territorios ajenos ¿Cuál sería la actitud de esos gobiernos si al nuestro se le ocurriera establecer una base en el territorio de ellos?
2) La imposición de límites a la compra de tierras por parte de extranjeros ¿Es solo una actitud que responde a un nacionalismo sin fundamentos, que exalta en forma desmesurada lo nacional frente a lo extranjero, o es una cuestión de seguridad nacional y soberanía territorial?
Dr. Carlos A. Ragonesi
Comité Ejecutivo
Secretario
Fundación Buenos Aires XXI